El gobierno nacional dispuso que el barbijo ya no será obligatorio en espacios cerrados y el transporte público, tal cual se lee en la resolución 619/2022, donde justificó la decisión al sostener que hubo una caída considerable de los contagios y las muertes por el virus.
Según la resolución, «el SARS-CoV-2 se ha convertido en un virus circulación estacional», lo que hace que la utilización del barbijo quede solo reservada a la presentación de «escenarios particulares».
Resolución 619
ARTÍCULO 1°.- Establécese el carácter no obligatorio del uso del barbijo.
ARTÍCULO 2°.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 1°, se continúa recomendando medidas de prevención general, tales como:
a.el uso adecuado del barbijo en espacios interiores, incluyendo los ámbitos laborales, educativos, sociales y el transporte público.
b.Asegurar la ventilación de los ambientes.
c.Mantener la higiene adecuada y frecuente de manos.
d.Ante presencia de síntomas evitar el contacto con otras personas, no acudir a actividades laborales, sociales, educativas, lugares públicos y evitar el uso de transporte.
ARTÍCULO 3.- Cada Jurisdicción podrá adoptar las recomendaciones pertinentes en función de su situación epidemiológica particular y la estrategia sanitaria planificada.
ARTÍCULO 4°. La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 5°. Comuníquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y archívese.