El bloque aprobó nuevas exigencias de información y atención para los sitios de comercio electrónico vinculados con dominios de sus países. La medida también prevé que una autoridad pueda solicitar la baja de la conexión de un dominio ante incumplimientos.

La Resolución GMC 31/26 exige que los operadores informen con claridad las normas de protección al consumidor y de datos personales aplicables. También deberán exhibir domicilios físico y electrónico dentro del Estado correspondiente y los mecanismos disponibles para consultas, reclamos y solución de controversias.

Los sitios tendrán que detallar las autorizaciones necesarias para desarrollar la actividad y las condiciones aplicables al procesamiento de pagos electrónicos transfronterizos. El objetivo es facilitar la identificación del vendedor y ofrecer vías de respuesta cuando una compra atraviesa fronteras del Mercosur.

Las infracciones quedarán sujetas a las sanciones de cada país. La pérdida de conexión del nombre de dominio no será automática: deberá existir un requerimiento de una autoridad administrativa o judicial competente.

Para los compradores, la resolución mejora la información exigible, pero no elimina la necesidad de comprobar la identidad del comercio, el precio final, el plazo de entrega y las condiciones de cambio. Tampoco convierte en seguro cualquier sitio que utilice un dominio nacional ni reemplaza los canales oficiales de defensa del consumidor.