La Cámara de Lomas de Zamora dejó sin efecto la cautelar que había frenado durante 60 días la Ley 27.801. El nuevo sistema vuelve a aplicarse en la provincia, aunque los jueces podrán intervenir ante vulneraciones concretas de derechos.
La Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal resolvió la apelación del Ministerio Público Fiscal. Los jueces Miguel Carlos Navascués y Miguel María Alberdi consideraron que una magistrada de primera instancia no puede suspender con alcance general una ley sancionada por el Congreso.
La cautelar revocada había sido dictada el 7 de septiembre por la jueza Marta Pascual, a partir de un hábeas corpus colectivo. Su decisión se apoyaba en las deficiencias de infraestructura, alimentación, agua, educación y formación profesional de los dispositivos bonaerenses que recibirían a adolescentes alcanzados por el nuevo régimen.
La Ley 27.801 rige para adolescentes desde los 14 años y hasta antes de cumplir los 18. La Cámara sostuvo que la constitucionalidad debe examinarse en casos concretos y ordenó además que el juzgado revise con urgencia si tiene competencia para continuar con el expediente.
El tribunal aclaró que la revocación no desconoce las condiciones de encierro y exhortó a la administración a aportar los recursos necesarios. Si una detención produce un agravamiento concreto, el juez responsable conserva la obligación de disponer medidas urgentes para proteger al adolescente.