El Gobierno trasladó del 1° de octubre al 1° de noviembre la entrada en vigencia de aumentos pendientes en los impuestos sobre los combustibles líquidos y el dióxido de carbono. Durante octubre seguirán aplicándose los montos impositivos que estaban vigentes para naftas y gasoil.
El Decreto 1126/2026 vuelve a modificar el cronograma establecido por la normativa de 2025. El ajuste diferido reúne actualizaciones remanentes de 2024 y 2025, además de las correspondientes al primer y segundo trimestre de 2026.
La decisión evita que ese componente tributario acumulado se incorpore desde este jueves al costo de los combustibles. Sin embargo, no congela los precios de surtidor: las petroleras pueden modificarlos por cambios en el crudo, el tipo de cambio, los biocombustibles, la logística o sus políticas comerciales.
El traslado a noviembre tampoco confirma que todo el incremento pendiente vaya a aplicarse en una sola vez. El Ejecutivo ya postergó sucesivamente el cronograma y podría volver a modificarlo mediante otra norma antes de la nueva fecha.
Para los consumidores, el efecto inmediato es que no habrá una suba tributaria adicional al comenzar octubre. Los precios finales deben verificarse en cada estación, y cualquier descuento bancario o de billetera mantiene sus propios días, topes y condiciones.