A partir del 1 de enero de 2025, las entidades financieras y las billeteras virtuales deberán informar a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) las operaciones de sus clientes cuando superen los nuevos umbrales establecidos, los cuales han sido actualizados respecto a los valores anteriores.

Nuevos montos a informar

$600.000

  • Total de consumos con tarjetas de débito en el país.
  • Ingresos o egresos totales en billeteras virtuales.

$1.000.000

  • Total de acreditaciones bancarias registradas en el mes.
  • Depósitos a plazo fijo constituidos en el mes.
  • Extracciones en efectivo, ya sea en el país o en el exterior, realizadas por ventanilla, cajero automático o cualquier otro medio.
  • Saldos finales en cuentas bancarias y en billeteras virtuales al último día hábil del mes.

$2.000.000

  • Aplicable únicamente a billeteras virtuales, en el caso de transferencias bancarias o virtuales que superen este monto.

Contexto y debate

Este ajuste eleva los límites que anteriormente estaban establecidos en $400.000 para consumos con débito y en montos menores para transferencias y extracciones. Sin embargo, el Gobierno ha mantenido la política de seguimiento a través de ARCA, lo que genera controversia, especialmente en un contexto donde la administración se autodenomina como «libertaria».

La normativa sigue vigente para monitorear las operaciones financieras, en un intento por garantizar mayor control fiscal, aunque el enfoque es criticado por algunos sectores que cuestionan el alcance de estas medidas sobre las libertades individuales.