Las personas humanas y sucesiones indivisas tendrán hasta el 13 de octubre para presentar la declaración jurada de Ganancias correspondiente a 2025. La extensión no desplazó el primer anticipo de 2026, que continúa previsto para este jueves 24 de septiembre.
La Resolución General 5898/2026, publicada este lunes, alcanza tanto a responsables del régimen general como a quienes utilizan la declaración jurada simplificada. La nueva fecha reemplaza el vencimiento del 22 de septiembre fijado por las disposiciones anteriores.
El cambio comprende la presentación informativa y determinativa, pero no reabre el plazo para pagar el saldo del período 2025. Ese vencimiento se mantuvo en el 27 de julio, por lo que una deuda pendiente puede seguir generando los accesorios correspondientes.
ARCA tampoco modificó la fecha del primer anticipo del período fiscal 2026. Si “Cuentas Tributarias” todavía no muestra el importe porque falta la declaración jurada de 2025, el contribuyente deberá calcularlo e ingresarlo con la información de sus papeles de trabajo.
La prórroga brinda más tiempo para confeccionar la declaración, pero no suspende automáticamente otras obligaciones. Antes de presentar o pagar conviene revisar el estado de cuenta y, cuando corresponda, validar el cálculo con un profesional matriculado.