La Dirección Nacional de Migraciones modificó la norma que reglamentaba qué debían solicitar compañías de transporte ante los viajes de menores y hubo fuertes críticas de diputados de la oposición.

A través de la Disposición 166/2025, la Dirección Nacional de Migraciones estableció que las compañías de transporte internacionales ya no deben certificar la identidad de los niños ni la respectiva autorización de sus padres o tutores para viajar al exterior.

«Establécese que las operadoras de transporte internacional de pasajeros resultarán dispensadas de requerir la documentación accesoria de egreso», dice la medida que ya está en vigencia.

El Poder Ejecutivo justificó la decisión al afirmar que se simplifica el acceso del pasajero a las terminales de embarque, brindando mayor celeridad y eficiencia en los procesos para poder acceder a un servicio más eficaz y eficiente, generando un escenario de mayor confort para el ciudadano.