El decreto 366/2025 fue publicado en el Boletín Oficial y establece nuevas condiciones para el ingreso de extranjeros, incluyendo declaración jurada, seguro de salud obligatorio y restricciones por antecedentes penales.
A partir de esta madrugada, comenzó a regir en todo el país la nueva reforma migratoria establecida por el Decreto 366/2025, que fue publicado en el Boletín Oficial. La normativa redefine las condiciones de ingreso de ciudadanos extranjeros al territorio argentino, sin modificar el acceso a derechos básicos como educación, salud, justicia o seguridad social.
La Dirección Nacional de Migraciones informó que los derechos a bienes y servicios públicos seguirán vigentes para todas las personas migrantes, independientemente de si cuentan con residencia permanente, temporaria o transitoria. No obstante, se incorporaron nuevos requisitos y restricciones para el ingreso al país.
Nuevos requisitos para ingresar a Argentina
De ahora en adelante, los extranjeros deberán ingresar exclusivamente por pasos fronterizos habilitados, ya sean terrestres, fluviales, marítimos o aéreos. Además, deberán presentar:
- Una declaración jurada donde se detallen los motivos del ingreso al país
- Un seguro de salud contratado previamente
Asimismo, se prohíbe el ingreso a personas con antecedentes penales graves, tanto en Argentina como en el extranjero. Quienes hayan sido condenados a penas de tres años o más, sin importar la modalidad de cumplimiento, quedarán automáticamente impedidos de ingresar.
Restricciones ampliadas
El decreto establece nuevas causales de inadmisión, entre ellas:
- Haber cometido delitos dolosos contra la vida, la integridad sexual, los poderes públicos o el orden constitucional
- Haber promovido o facilitado el ingreso, egreso o permanencia ilegal de extranjeros con fines de lucro
- Haber mentido o tergiversado los motivos de ingreso al país, incluso si la actividad no era ilícita
También continúan vigentes las restricciones ya previstas en la legislación anterior:
- Presentación de documentación falsa o adulterada
- Omisión de antecedentes penales o condenas
- Haber cometido fraude para obtener un beneficio migratorio
- No presentar documentación que acredite una oferta laboral efectiva
- Tener una prohibición de ingreso vigente
- Ser sorprendido en flagrancia cometiendo un delito de acción pública
- Haber participado en crímenes de lesa humanidad, genocidio o terrorismo
- Ingreso por pasos no habilitados o sin control migratorio
- Incumplir requisitos de regularización migratoria
Sanciones
En caso de que se deniegue el ingreso, la Dirección Nacional de Migraciones podrá aplicar una prohibición mínima de 5 años, que podrá extenderse en función de la gravedad de la falta.
Con esta reforma, el gobierno busca mayor control y transparencia en el ingreso de personas al país, sin restringir los derechos fundamentales de quienes ya residen en Argentina o desean hacerlo de manera regular.