La provincia de Buenos Aires promulgó este martes la Ley 15.589, que prohíbe el ingreso a casinos, salas de juego de azar y bingos a las personas que se encuentren en condición de deudores alimentarios e integren el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (RDAM).

La norma había sido sancionada semanas atrás por la Legislatura bonaerense y tuvo su origen en un proyecto presentado por el diputado provincial de Unión por la Patria, Germán Di Césare. El objetivo central de la iniciativa es garantizar el cumplimiento de las cuotas alimentarias y reforzar la protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes.

Según establece el artículo primero, se dispone la prohibición expresa de ingreso a los establecimientos de juego para quienes figuren en el RDAM. En tanto, el artículo segundo remite a la definición de deudor alimentario prevista en la Ley 13.074 y sus modificatorias, que considera como tales a quienes adeuden tres cuotas consecutivas o cinco alternadas, conforme a los criterios vigentes en la Justicia bonaerense.

Obligaciones para casinos, bingos y salas de juego

La ley también establece que el Poder Ejecutivo provincial deberá garantizar a los concesionarios de casinos, bingos y salas de juego el acceso al Registro de Deudores Alimentarios Morosos, con el fin de que puedan verificar la situación de cada persona antes de autorizar su ingreso.

A su vez, los titulares de los establecimientos estarán obligados a realizar dicha consulta y a negar el acceso en caso de que la persona figure en el registro.

En caso de incumplimiento, la normativa prevé sanciones que van desde el apercibimiento hasta multas de entre 10 y 100 salarios mínimos, vitales y móviles, de acuerdo con la gravedad de la falta o la reincidencia. La autoridad de aplicación será designada por el Poder Ejecutivo, que tendrá a su cargo la supervisión y el control del cumplimiento de la ley.