El nuevo valor rige para trabajadores mensualizados con jornada completa. Para el personal jornalizado, el piso quedó establecido en $1.883 por hora.

La actualización representa un incremento de $4.200 frente a los $372.400 vigentes durante julio. Las jornadas reducidas comprendidas por la legislación laboral deben cobrar el monto proporcional correspondiente.

El salario mínimo también determina los límites de la prestación por desempleo. Ese beneficio no puede ser inferior al 50% ni superar el 100% del piso salarial vigente, aunque su cálculo depende de los ingresos previos del trabajador.

La escala fue fijada por el Consejo Nacional del Empleo después de que empleadores y representantes sindicales no alcanzaran un acuerdo. El monto de agosto es el último tramo contemplado en la resolución vigente.