Los registros de la propiedad deberán aplicar nuevas alertas para detectar maniobras sospechosas. La normativa alcanza a compraventas, donaciones, hipotecas, embargos y otros actos sobre inmuebles.

La Resolución 93/2026 establece que los organismos registrales deberán identificar, evaluar y reportar posibles operaciones vinculadas con lavado de activos o financiación del terrorismo. La disposición comenzará a regir 90 días después de su publicación.

Entre las señales de alerta aparecen las transmisiones sucesivas de un inmueble con variaciones de precio superiores al 30% durante un año, la concentración de operaciones en una misma persona y las inconsistencias en los datos de los participantes.

Los registros deberán informar donaciones y actos inmobiliarios otorgados en el extranjero, además de conservar la documentación durante diez años. Al mismo tiempo, la UIF eliminó una declaración jurada al considerar que sus datos pueden verificarse mediante registros oficiales.