El Gobierno nacional promulgó la reglamentación de la Ley N° 27.696, que introduce un importante cambio en el Programa Médico Obligatorio (PMO), al incorporar una cobertura integral de prácticas preventivas y terapéuticas dirigidas a individuos afectados por violencia de género. Esta nueva normativa establece la implementación de un protocolo específico para abordar de manera integral a las personas víctimas de violencia de género, garantizando una cobertura completa de todas las prácticas médicas, psicológicas, psiquiátricas, farmacológicas y quirúrgicas necesarias para su atención.

La medida incluye a varias instituciones bajo la obligación de brindar esta cobertura como prestación esencial. Entre ellas se encuentran las obras sociales nacionales, la Obra Social del Poder Judicial de la Nación, la Dirección de Ayuda Social para el Personal del Congreso de la Nación, las entidades de medicina prepaga y el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados. Esta reglamentación representa un paso significativo hacia la atención integral de las víctimas de violencia de género y marca un hito en la respuesta del sistema de salud ante esta problemática.

Con la promulgación de esta ley y su correspondiente reglamentación, se establece un enfoque multidisciplinario para abordar la violencia de género desde una perspectiva médica y terapéutica. La inclusión de estas prácticas en el PMO demuestra el compromiso del gobierno en la protección y atención de las víctimas, así como en la sensibilización sobre la importancia de combatir la violencia de género en todas sus manifestaciones.