En las próximas elecciones estarán en juego 127 bancas de diputados nacionales y 24 de senadores, y como en cada jornada electoral, regirá la veda electoral, un período en el que se restringen determinadas actividades con el fin de garantizar la transparencia del proceso y el libre ejercicio del voto.
Qué está prohibido durante la veda electoral
El Código Electoral Nacional establece una serie de prohibiciones que rigen antes y durante los comicios. Entre ellas, se destacan:
Reuniones de electores y depósito de armas en casas situadas dentro de un radio de 80 metros alrededor de las mesas receptoras de votos. Espectáculos públicos, tanto al aire libre como en recintos cerrados, así como fiestas teatrales, deportivas o reuniones no vinculadas al acto electoral, durante el desarrollo de los comicios y hasta tres horas después de su cierre. Actos públicos de campaña, difusión de encuestas y sondeos preelectorales, desde 48 horas antes del inicio del comicio y hasta su cierre. Apertura de locales partidarios dentro de un radio de 80 metros del lugar donde se vote. La Junta Electoral puede disponer su cierre transitorio si se incumple esta norma. Tomar fotografías de la Boleta Única Electrónica durante el acto electoral. Publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección durante la votación y hasta tres horas después de su finalización.
Qué ocurre si se rompe la veda electoral
Las personas o instituciones que infrinjan la veda electoral pueden enfrentar sanciones económicas y penas de prisión, según lo establecido por el Código Electoral Nacional.
Estas medidas buscan preservar el orden público y garantizar que los ciudadanos puedan ejercer su derecho al voto con plena libertad, sin presiones ni interferencias externas.